Novedades Laborales - SIL (Sistema de Informes Laborales, Impuestos y Sociedades)

08-02-2021

AFIP. Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia. Ley Nº 27.605. Declaración Jurada e ingreso del gravamen. Régimen de información. Su implementación.
Resolución General Nº 4.930 - E/2021 AFIP

PROGRAMA REPRO II. Suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Resolución MTEySS Nº 938/2020, su modificación. 
Resolución MTEySS Nº 57/2021

05-02-2021

RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO. Resolución MTEySS Nº 54/2021. Ley Nº 27.555. Entrada en vigencia. 
Resolución MTEySS Nº 54/2021

02-02-2021

PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Otórgase, por única vez, una ayuda económica no remunerativa, a los socios trabajadores y socias trabajadoras de unidades productivas autogestionadas participantes del Programa.
Resolución SE Nº 127/2021

01-02-2021

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el día 1º de Febrero hasta el día 28 de Febrero de 2021, inclusive. 
Decreto Nº 67/2021

PROGRAMA FEDERAL PARA EL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN BUBALINA. Ley Nº 27.076. Reglamentación. 
Decreto Nº 54/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Suspensión de traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y de iniciación de juicios de ejecución fiscal.
Resolución General Nº 4.926 - E/2021 AFIP

29-01-2021


EMPLEADOS DE COMERCIO - ACTA ACUERDO

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 130/75

ACTA ACUERDO
FUENTE CAC - CAME
(Pendiente de homologación)

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 28 días del mes de Enero de 2021, se reúnen en representación de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios - FAECYS - los señores Armando O. Cavalieri, José González, Jorge A. Bence, Adrián Ferreira, Ricardo Raimondo y Daniel Lovera y los Dres. Jorge Emilio Barbieri y Pedro San Miguel constituyendo domicilio especial en Av. Julio A. Roca 644 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sector gremial; y por la parte empresaria, lo hacen los señores Natalio Mario Grinman y Rodrigo Pérez Graziano y los doctores Pedro Etcheberry, Juan Carlos Mariani y Esteban Mancuso por la Cámara Argentina de Comercio - CAC - constituyendo domicilio especial en Av. Leandro N. Alem 36, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; los señores Gerardo Díaz Beltrán, Camilo Alberto Kahale y el Dr. Francisco Matilla por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa - CAME - constituyendo domicilio especial en Av. Leandro N. Alem 452 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sr. Alberto Rodríguez Vázquez y el Dr. Carlos Echezarreta por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas - UDECA - constituyendo domicilio especial en Rivadavia 933, 1º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y manifiestan:

Las partes firmantes reconocen sus reciprocas legitimaciones y representatividades para negociar colectivamente en el marco de la actividad de los empleados de Comercio y el CCT Nº 130/75, reconociéndoselas igualmente en relación a sus participaciones habidas en todos los Acuerdos vigentes suscriptos por las mismas y particularmente el Acuerdo del 7 de Octubre de 2020 el que fuera homologado sin observaciones por la Autoridad Competente, en todo lo que no sea expresamente modificado por el presente acuerdo colectivo de revisión, como así también respecto de lo que se celebre en el futuro.

En virtud de la Cláusula 4ta. del referido acuerdo, las partes manifiestan:

Primero: Acordar una asignación no remunerativa para los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2021 equivalente a un total del 21% a calcularse sobre las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT Nº 130/75  y que serán de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo.

En atención al carácter excepcional, no habitual ni regular de la asignación acordada (artículo de la Ley Nº 24.241), por el plazo de vigencia del presente acuerdo, los importes correspondientes a la misma se abonarán con carácter no remunerativo, no incorporándose a los salarios básicos y adicionales fijos, y no serán contributivos a ningún efecto ni generarán aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones de: i) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, ii) aporte del trabajador establecido por los artículos 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24/06/1994 del CCT Nº 130/75) sobre el monto nominal de cada cuota que perciba el trabajador comprendido en el presente acuerdo.

Respecto a la liquidación del aporte con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologado por la Resolución Nº 600/08 (MT), el cálculo de dichos aportes deberá realizarse considerando los incrementos aquí pactados y la fecha de efectivización de los mismos, mes a mes, y en sus partes pertinentes.

A efectos de percibir cada una de las cuotas de la asignación pactada, el trabajador comprendido deberá tener su contrato de trabajo vigente al momento del pago de las mismas. Asimismo, y para el supuesto de los trabajadores que hubieren ingresado con posterioridad al 1º de Enero de 2021, la asignación establecida en el presente acuerdo se liquidará y abonará de manera proporcional al tiempo trabajado.

Asimismo, también las partes se comprometen a incorporar a los salarios básicos de cada categoría del CCT Nº 130/75, con vigencia a partir del mes de Abril del corriente año y en su valor nominal, el monto resultante del 21% del incremento acordado. A tal efecto, se adjuntan las planillas correspondientes a las nuevas escalas de salarios básicos convencionales resultantes de este acuerdo salarial.

Segundo: El mencionado incremento del 21% se abonará en forma no remunerativa y no acumulativamente de acuerdo con lo siguiente:

a) Un 7% del 21% acordado a partir del mes de Enero de 2021.

b) Un 7% del 21% acordado a partir del mes de Febrero de 2021, que se suma al 7% del mes de Enero de 2021.

c) Y un último 7% del 21% acordado por el mes de Marzo de 2021, que sumado a las dos cuotas anteriores completan el 21% acordado.

A tal efecto se tomará como base de cálculo para la aplicación de dicho incremento la suma resultante de la escala salarial de básicos convencionales correspondientes para cada categoría en los valores expresados en el mes de Diciembre de 2020 (Vg. categoría Maestranza “A” de $ 41.790,05.-) con más $ 5.000 de la Gratificación Extraordinaria establecida en el Acuerdo del 7 de Octubre de 2020.

La asignación convenida en el presente se abonará bajo la denominación “Asignación Extraordinaria No Remunerativa – Revisión Acuerdo 2020” en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva, extinguiéndose la misma con el pago total de las 3 (tres) cuotas aquí referidas.

Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por la asignación no remunerativa establecida en el art. Primero del presente acuerdo, será proporcional a la jornada laboral cumplida.

Para el caso de trabajadores que se encuentren comprendidos en las suspensiones referidas al artículo 223 Bis LCT, en orden a los acuerdos marco o individuales celebrados, la asignación no remunerativa mencionada en el art. Primero del presente, será liquidada en forma proporcional en iguales términos a la prestación dineraria no remunerativa que se pacte en los referidos acuerdos.

Tercero: Respecto del monto de la cuota mensual que integra la gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa y de naturaleza excepcional (cláusula 2da. del acuerdo colectivo firmado por las partes el 7 de Octubre de 2020), se acuerda continuar con su pago por los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2021 en el monto allí establecido, así como incorporar el monto de dicha cuota en su valor nominal a los salarios básicos de todas las categorías del CCT Nº 130/75, en 2 cuotas, a saber: $ 2.500.- a partir del 1º de Abril de 2021, y los $ 2.500.- restantes a partir del 1º de Mayo de 2021 que se continuarán percibiendo hasta esa fecha como no remunerativo.

Cuarto: Se resuelve prorrogar en idénticos términos y condiciones, para los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2021, el Convenio de Emergencia por Suspensión de Actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajos y la actividad productiva, homologado mediante RESOL-2020-515-APN-ST#MT y posteriormente prorrogado mediante RESOL-2020-1358-APN-ST#MT.

Quinto: Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieren suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados en el presente constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación del presente.

Asimismo, las partes convienen en instrumentar lo estipulado en el artículo Octavo del Acuerdo Salarial de fecha 28 de Mayo de 2019, “Respecto de la provincia de Tierra del Fuego y dadas las asimetrías salariales existentes en la misma, la FAECYS, CAC, CAME y UDECA se comprometen a convocar, dentro de los 45 días de la firma del presente, a las asociaciones sindicales y empresarias del lugar, a fin de evaluar los adicionales zonales vigentes”.

Sexto: No podrán ser absorbidos ni compensados los aumentos de carácter general sectorial, sean estos de carácter remunerativo o de cualquier otra naturaleza que, eventualmente, hubieren otorgado unilateralmente los empleadores.

Solamente podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1º de Octubre de 2020, que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos o incrementos que determine el presente Acuerdo Colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.

Séptimo: En relación a la determinación de la base de cálculo del incremento alcanzado en este acuerdo, las firmantes aceptan recomendar a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el CCT Nº 130/75, procuren negociar, durante la vigencia del presente, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos previstos en el presente.

Octavo: El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1º de Enero de 2021 hasta el 31 de Marzo de 2021.

Se acompañan en anexo las planillas conteniendo los incrementos pactados en este acuerdo de revisión, durante el plazo de vigencia del mismo, así como la planilla de los nuevos salarios básicos correspondientes a todas las categorías convencionales a partir del mes de Abril de 2021.

Noveno: Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo comprendido entre el mes de Octubre 2020 y el mes de Marzo 2021, un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el CCT Nº 130/75. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de pesos cien ($ 100) mensuales. Dicha suma será retenida del monto de la remuneración mensual a percibir por cada trabajador a partir del mes de Enero de 2021 y depositada a la orden de OSECAC.

Teniendo en cuenta la naturaleza y destino de este aporte, en ningún caso el trabajador podrá solicitar que el empleador se haga cargo del pago directo de dicha obligación o reclamar su reintegro cualquiera sea la forma de liquidación de su remuneración.

Décimo: Las partes, en este acto, ratifican la constitución de la Comisión permanente de Negociación Colectiva creada por el acuerdo colectivo el 11 de Abril de 2011, la que se abocará al tratamiento de los siguientes temas:

a) A propuesta del sector sindical:

1) Cajeras

2) Tratamiento del adicional establecido en el artículo 20 CCT Nº 130/75.

3) Trabajadores tercerizados.

4) Tiempo parcial y jornada reducida.

5) Tareas especializadas.

6) Adicional por prestaciones de tareas en el día domingo.

7) Adicional por zona desfavorable

b) A propuesta de la representación empresaria:

1) Polifuncionalidad.

2) Instrumentación del presentismo.

3) Licencias por estudios.

4) Productividad

5) Tecnologías

6) Contratación de personal mayor a 58 años

Décimo Primero: Asimismo reiteran que a la citada Comisión le competerá y tendrá a su cargo la Interpretación y Resolución de Conflictos vinculados al presente Acuerdo. Dicha Comisión estará integrada por doce miembros titulares, 6 por el sector sindical y 6 por el sector empresario (designados dos por cada entidad firmante del presente) y 6 miembros suplentes, 3 por el sector gremial y 3 por el sector empresario (designados uno por cada entidad firmante del presente) con competencia directa para actuar ante cualquier conflicto que surja o se suscite por la aplicación del presente Acuerdo. La referida Comisión actuará de oficio a pedido de cualquiera de las partes que se encuentren en conflicto y deberá expedirse por escrito, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles contados a partir del pedido de intervención o de su avocación directa. Durante dicho plazo las partes deberán abstenerse de tomar medidas de acción directa. La Comisión funcionará en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y como método alternativo de solución de conflictos.

Las partes podrán designar asesores técnicos con voz pero sin voto. La nómina precedente para ambas representaciones podrá ser modificada por cualquiera de las partes y en cualquier momento.

Décimo Segundo: La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, a requerimiento de las Cámaras Empresarias firmantes, ratifican el compromiso a gestionar:

a) Ante OSECAC, que la referida Obra Social de la actividad otorgue en los planes de pago los plazos máximos en las condiciones que permite la AFIP para el cumplimiento de los aportes y contribuciones. FAECyS se compromete a gestionar conjuntamente con la parte empresaria ante la Autoridad pertinente una adecuada reducción de los intereses correspondientes.

b) Ante las entidades de primer grado adheridas a esa Federación requerir a las mismas otorguen en las financiaciones por deudas de capital en concepto de cuotas sindicales que con ellas mantengan las empresas que desarrollan su actividad en zona de actuación según las siguientes condiciones:

El Empleador podrá acordar pagar en tres, seis, doce, dieciocho o veinticuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas con la tasa de interés equivalente al 50% de las que percibe la AFIP por las deudas impositivas. El importe de las cuotas (capital e interés) se fijará a partir de un mínimo de pesos diez mil.- ($ 10.000) por mes.

Deberán solicitarlo por escrito ante la entidad acreedora. La nota a presentar deberá consignar el apellido y nombre completos o razón social del solicitante, número de CUIT, domicilio legal y constituido y el plan de pagos por el cual se opte dentro de las posibilidades establecidas en la presente cláusula. Si la deuda de capital e intereses declarada fuese superior a $ 100.000.- (pesos cien mil) podrá convenirse un plan de pagos por un mayor número de cuotas nunca inferior a diez mil ($ 10.000) por cuota.

Décimo Tercero: Se ratifican expresamente todas las comisiones creadas por acuerdos paritarios. Donde existan designaciones nominativas en representación de las partes, estas podrán reemplazar a sus representantes con la sola condición de notificar las modificaciones a las demás entidades que la integran. Las partes ratifican asimismo la creación del Instituto de Prevención de Riesgo Laboral, que tendrá competencia en la instrumentación de políticas, cursos de acción, capacitación y demás contenidos necesarios para materializar el funcionamiento del mismo.

Décimo cuarto: Es condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este Acuerdo, su previa homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que así solicitan las partes. Para el caso de estar pendiente la homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores comprendidos abonarán las sumas devengadas con la mención de "pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo Enero 2021", los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.

Las partes solicitarán la homologación del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


ANEXO A

TABLA PARA ENERO, FEBRERO Y MARZO 2021

Meses BÁSICO Gratificación
Extraordinaria
Acuerdo Octubre 2020
Asignación Extraordinaria No Remunerativa
Revisión Acuerdo 2020
ENERO 2021 FEBRERO 2021 MARZO 2021
Maestranza A 41.790,08 5.000 3.275,30 6.550,61 9.825,91
Maestranza B 41.925,50 5.000 3.284,79 6.569,57 9.854,36
Maestranza C 42.400,06 5.000 3.318,00 6.636,01 9.954,01
Administrativo A 42.298,47 5.000 3.310,89 6.621,79 9.932,68
Administrativo B 42.502,01 5.000 3.325,14 6.650,28 9.975,42
Administrativo C 42.705,31 5.000 3.339,37 6.678,74 10.018,11
Administrativo D 43.315,56 5.000 3.382,09 6.764,18 10.146,27
Administrativo E 43.823,98 5.000 3.417,68 6.835,36 10.253,04
Administrativo F 44.569,80 5.000 3.469,89 6.939,77 10.409,66
Cajeros A 42.467,91 5.000 3.322,75 6.645,51 9.968,26
Cajeros B 42.705,31 5.000 3.339,37 6.678,74 10.018,11
Cajeros C 43.010,43 5.000 3.360,73 6.721,46 10.082,19
Personal Auxiliar A 42.467,91 5.000 3.322,75 6.645,51 9.968,26
Personal Auxiliar B 42.806,90 5.000 3.346,48 6.692,97 10.039,45
Personal Auxiliar C 43.925,69 5.000 3.424,80 6.849,60 10.274,39
Auxiliar especializado A 42.874,86 5.000 3.351,24 6.702,48 10.053,72
Auxiliar especializado B 43.484,99 5.000 3.393,95 6.787,90 10.181,85
Vendedores A 42.467,91 5.000 3.322,75 6.645,51 9.968,26
Vendedores B 43.485,11 5.000 3.393,96 6.787,92 10.181,87
Vendedores C 43.823,98 5.000 3.417,68 6.835,36 10.253,04
Vendedores D 44.569,80 5.000 3.469,89 6.939,77 10.409,66

 

TABLA PARA ABRIL DE 2021

Meses BÁSICO Incorporación de Asignación
Extraordinaria No Remunerativa
Revisión Acuerdo 2020
1º Cuota de incorporación de
Gratificación Extraordinaria
Acuerdo Octubre-2020
NUEVO BÁSICO
Maestranza A 41.790,08 9.825,91 2.500 54.115,96
Maestranza B 41.925,50 9.854,36 2.500 54.279,86
Maestranza C 42.400,06 9.954,01 2.500 54.854,08
Administrativo A 42.298,47 9.932,68 2.500 54.731,15
Administrativo B 42.502,01 9.975,42 2.500 54.977,43
Administrativo C 42.705,31 10.018,11 2.500 55.223,42
Administrativo D 43.315,56 10.146,27 2.500 55.961,82
Administrativo E 43.823,98 10.253,04 2.500 56.577,02
Administrativo F 44.569,80 10.409,66 2.500 57.479,46
Cajeros A 42.467,91 9.968,26 2.500 54.936,17
Cajeros B 42.705,31 10.018,11 2.500 55.223,42
Cajeros C 43.010,43 10.082,19 2.500 55.592,62
Personal Auxiliar A 42.467,91 9.968,26 2.500 54.936,17
Personal Auxiliar B 42.806,90 10.039,45 2.500 55.346,34
Personal Auxiliar C 43.925,69 10.274,39 2.500 56.700,08
Auxiliar especializado A 42.874,86 10.053,72 2.500 55.428,58
Auxiliar especializado B 43.484,99 10.181,85 2.500 56.166,84
Vendedores A 42.467,91 9.968,26 2.500 54.936,17
Vendedores B 43.485,11 10.181,87 2.500 56.166,98
Vendedores C 43.823,98 10.253,04 2.500 56.577,02
Vendedores D 44.569,80 10.409,66 2.500 57.479,46

Parte Sindical                                                                                                Parte Empresaria


Editado por SISTEMA DE INFORMES LABORALES, IMPUESTOS y SOCIEDADES                         http://www.sil.com.ar


29-01-2021

APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO PARA AYUDAR A MORIGERAR LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA. Ley Nº 27.605 - Reglamentación. 
Decreto Nº 42/2021

PROGRAMA DE EMPLEO. Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo. Las trabajadoras y los trabajadores participantes del Programa, que ya hayan completado los VEINTICUATRO (24) meses de las ayudas económicas, podrán, a su requerimiento, continuar percibiendo las ayudas económicas previstas en el artículo 7º de la Resolución MTEySS Nº 124/11, durante otros DOCE (12) meses. 
Resolución MTEySS Nº 42/2021

28-01-2021

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Procesos sistémicos. Extensión de suspensiones.
Resolución General Nº 4.918 - E/2021 AFIP

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Régimen de facilidades de pago. Resolución General Nº 4.268-E/18, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.917 - E/2021 AFIP

27-01-2021

PROGRAMA DE EMPLEO. Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo. Resolución SE Nº 877/11, su modificación.
Resolución SE Nº 89/2021

26-01-2021

AFIP. Monotributo Unificado Provincia de Salta.
Resolución General conjunta AFIP y DGR Nº 4.913 - E/2021 AFIP

AFIP. Procedimiento. Ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Resolución General Nº 4.816-E/2020 y sus modificatorias. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.910 - E/2021 AFIP

25-01-2021

EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA OCUPACIONAL. Doble Indemnización. Emergencia Pública en Materia Ocupacional. Decreto Nº 34/19. Amplíase plazo. 
Decreto Nº 39/2021

EMPLEADORES ACTIVIDADES DE SALUD. Contribuciones patronales. Eximición. 
Decreto Nº 34/2021

22-01-2021

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Programa REPRO II. Cuestiones atinentes al sector salud y a las trabajadoras y trabajadores con contrato de temporada. Procedimiento que se utilizará para efectivizar la transferencia de la información. Metodología que se aplicará para imputar un monto en concepto de remuneración para los trabajadores y las trabajadoras con contratos de temporada. 
Resolución MTEySS Nº 29/2021

20-01-2021

RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO. Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 27.555. 
Decreto Nº 27/2021

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Recategorización semestral. Semestre Julio/Diciembre de 2020. Plazo para la recategorización. Resolución General Nº 4.309-E/18, su modificatoria y complementaria. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.907 - E/2021 AFIP

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Establécese que, para acceder al Programa REPRO II, los empleadores y empleadoras del sector salud beneficiarios del Programa ATP, deberán identificar de manera individualizada, bajo declaración jurada, las trabajadoras y los trabajadores dependientes. 
Resolución MTEySS Nº 19/2021

19-01-2021

AFIP. Procedimiento. Programa de Asistencia a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa. Resoluciones Generales Nº 4.790-E/202 y Nº 4.889-E/2020. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.906 - E/2021 AFIP

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del "Programa REPRO II". 
Resolución MTEySS Nº 16/2021

08-01-2021

AFIP. Procedimiento. Procesos Universales. Funcionarios competentes. Resoluciones Generales Nº 3.587/14, Nº 3.885/16 y Nº 4.341-E/18, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.902 - E/2021 AFIP

AFIP. Procedimiento. Cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. "Billetera Electrónica AFIP". Resolución General Nº 4.335-E/18. Su modificación.
Resolución General Nº 4.901 - E/2021 AFIP

06-01-2021

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Prórroga el plazo de solicitud del Subsidio de Contención Familiar, establecido en el artículo 7º el Decreto Nº 599/06.
Resolución ANSeS Nº 7/2021

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES. Prestación Económica ordinaria por Desempleo mensual. Fíjanse monto mínimo y máximo, para todas aquellas prestaciones por desempleo que deban percibirse en el mes de Abril de 2020. Déjese sin efecto la Resolución RENATRE Nº 55/2020.
Resolución RENATRE Nº 789/2020

05-01-2021

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Misiones el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 285/2020

04-01-2021

ÍNDICE DE MOVILIDAD JUBILATORIA. Disposiciones.
Ley Nº 27.609
SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Reducción y postergación de pago período devengado Diciembre de 2020.
Resolución General Nº 4.898 - E/2020 AFIP

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Empleadores y empleadoras del Sector del Transporte de pasajeros urbano y suburbano y Instituciones educativas privadas, que perciban subsidios por parte del Estado Nacional, no podrán acceder al Programa REPRO II. Resolución MTEySS Nº 938/2020, su modificación. 
Resolución MTEySS Nº 1.119/2020

31-12-2020

LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA PÚBLICA. Decreto Nº 99/2019. Prórroga. 
Decreto Nº 1.057/2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA. Programa de Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de producción de peras y manzanas de las Provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa. Prórroga. Decreto Nº 615/2020, su modificación. 
Decreto Nº 1.055/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Títulos, acciones, cuotas, participaciones societarias y rentas pasivas. Resolución General Nº 4.697-E/2020, Título I. Plazo especial.
Resolución General Nº 4.897 - E/2020 AFIP

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Actualización del monto del haber mínimo garantizado de conformidad con lo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 26.417. 
Resolución SRT Nº 84/2020

30-12-2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Procedimiento para la descarga del Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros (CAOPCS). Resolución SSN Nº 332/2020, su sustitución.
Resolución SSN Nº 504/2020

29-12-2020

EMPLEADORES ACTIVIDADES DE SALUD. Tratamiento Diferencial aplicable a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud. Decreto Nº 300/2020. Prórroga. 
Decreto Nº 1.052/2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Diciembre de 2020.
Resolución General Nº 4.893 - E/2020 AFIP

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Remitir las credenciales previstas en la Resolución SRT Nº 310/02, en formato Digital.  
Resolución SRT Nº 83/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Unión de Sindicatos de la Industria Maderera de la República Argentina (USIMRA) y las entidades representativas de la producción Foresto Industrial de la Provincia del Chaco. 
Resolución SSS Nº 31/2020

28-12-2020

LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA. Ley Nº 27.541. Prorrógase plazo. 
Decreto Nº 1.042/2020

LEY DE DEFENSA DE LOS ACTIVOS DEL FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO. Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 27.574. 
Decreto Nº 1.041/2020

24-12-2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Implementación del sistema "ATENCIÓN VIRTUAL", como una plataforma de atención de trámites a distancia del Sistema de Expediente Electrónico (SIEEL). Resolución ANSeS Nº 94/2020, su modificación.
Resolución ANSeS Nº 449/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) y la Cooperativa Tabacalera y Agropecuaria del Chaco. 
Resolución SSS Nº 30/2020

23-12-2020

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Ampliación del monto de la Convocatoria para la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial PAC Reactivación Productiva Emprendedores. Resolución SPyMEyE Nº 79/2020.
Resolución SPyMEyE Nº 168/2020
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Programa REPRO II", creado por la Resolución MTEySS Nº 938/2020. Los empleadores y empleadoras que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores y trabajadoras. Norma complementaria. 
Resolución MTEySS Nº 1.098/2020

22-12-2020

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Régimen de "Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs".  Resolución MPyT Nº 209/18 y Resolución SSP Nº 5/19. Prórroga entrada en vigencia. 
Resolución SPyMEyE Nº 167/2020
SECRETARÍA DE EMPLEO. Reglamento del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo. Resolución SE Nº 764/11, su modificación.
Resolución SE Nº 1.023/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Tarifa sustitutiva del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), la Federación Agraria Argentina (Filial Chaco) y la Unión de Cooperativas Agrícolas Algodoneras Ltda. (UCAL). 
Resolución SSS Nº 28/2020

21-12-2020

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. Apruébase Reglamentación de la Ley Nº 27.506. 
Decreto Nº 1.034/2020

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el día 21 de Diciembre hasta el día 31 de Enero de 2021, inclusive. 
Decreto Nº 1.033/2020

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Régimen de retención. Resolución General Nº 4.003/17, sus modificatorias y complementarias. Cómputo de la percepción regulada por la Resolución General Nº 4.815-E/2020.
Resolución General Nº 4.885 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Plazo de gracia. Resolución General Nº 2.452/84 (DGI). Su abrogación.
Resolución General Nº 4.884 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Datos a informar. Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER). Resolución General Nº 4.298-E/18. Su modificación.
Resolución General Nº 4.883 - E/2020 AFIP

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Mendoza el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 268/2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Gestión de la Empresa de Seguros. Monto en Función de los Siniestros. Modificación del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
Resolución SSN Nº 482/2020

18-12-2020

APORTE SOLIDARIO Y EXTRAORDINARIO PARA AYUDAR A MORIGERAR LOS EFECTOS DE LA PANDEMIA. Disposiciones.
Ley Nº 27.605
AFIP. Procedimiento. Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Presentación de declaraciones juradas y/o pago. Vencimientos producidos entre los días 15 y 17 de Diciembre de 2020.
Resolución General Nº 4.882 - E/2020 AFIP

EMERGENCIA SANITARIA. Prorrogar hasta el 28 de Febrero de 2021, los vencimientos de las prestaciones por desempleo de la Ley Nº 24.013 y de la Ley Nº 25.371 que se produzcan entre el 1º de Diciembre de 2020 y el 31 de Enero de 2021.
Resolución SE Nº 942/2020

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Mendoza el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 267/2020

17-12-2020

ASUETO. Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de Diciembre de 2020. 
Decreto Nº 1.010/2020

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Estabécese notificaciones electrónicas en el ámbito de las Comisiones Médicas.
Resolución SRT Nº 82/2020

16-12-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resoluciones Generales Nº 4.693-E/2020 y Nº 4.792-E/2020, sus respectivas modificatorias y complementarias.
Resolución General Nº 4.881 - E/2020 AFIP

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Comité de Evaluación y Monitoreo del "Programa REPRO II". Recomendaciones. 
Resolución MTEySS Nº 1.066/2020

15-12-2020

LEY DE GÓNDOLAS. Apruébase reglamentación. 
Decreto Nº 991/2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Movilidad Jubilatoria. Vigencia, a partir del mes de Diciembre de 2020.
Resolución ANSeS Nº 325/2020

PERSONAL DE CASAS PARTICULARES. Fíjase un incremento salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844. Vigencia a partir del 1º de Diciembre de 2020, 1º de Febrero de 2021 y 1º de Abril de 2021. Adicional por "zona desfavorable".
Resolución CNTCP Nº 3/2020

14-12-2020

PRESUPUESTO. Presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional 2021. Disposiciones.
Ley Nº 27.591
AFIP. Procedimiento. Títulos, acciones, cuotas y participaciones sociales. Regímenes de información anual, de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias. Resolución General Nº 4.697-E/2020. Su modificación.
Resolución General Nº 4.878 - E/2020 AFIP

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. "Programa REPRO II". Suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Resolución MTEySS Nº 938/2020, su modificación.
Resolución MTEySS Nº 1.027/2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones. Acta Nº 27.
Decisión Administrativa Nº 2.181/2020

11-12-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Ciudades de Rawson y de Trelew de la Provincia del Chubut. Disposiciones. 
Decreto Nº 985/2020

10-12-2020

AFIP. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Noviembre de 2020. Resolución General Nº 4.870-E/2020. Extensión de plazo.
Resolución General Nº 4.876 - E/2020 AFIP

ASIGNACIONES FAMILIARES. Movilidad. Rangos y Montos. Límite máximo de ingresos grupal e individual a partir de Diciembre de 2020.
Resolución ANSeS Nº 427/2020

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Creación del Programa "Redes Para Emprender". Objetivos. Bases y condiciones. 
Resolución SPyMEyE Nº 159/2020
EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Santiago del Estero el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 253/2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Sistema Informativo del Estado de la Cartera de Juicios y Mediaciones. Modificación del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
Resolución SSN Nº 465/2020

09-12-2020

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Salta el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 249/2020

04-12-2020

AFIP. Procedimiento. Ley Nº 27.541 y sus modificaciones. Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Beneficio a contribuyentes cumplidores. DNU Nº 966/20. Resoluciones Generales Nº 4.816-E/2020 y Nº 4.855-E/2020.
Resolución General Nº 4.873 - E/2020 AFIP

SEGURIDAD SOCIAL. Empleadores Sector Salud. Contribuciones Patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 300/20 y sus complementarios. Resolución General Nº 4.694-E/2020, su modificatoria y su complementaria. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.872 - E/2020 AFIP

03-12-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Reducción y postergación de pago período devengado Noviembre de 2020.
Resolución General Nº 4.871 - E/2020 AFIP

02-12-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Noviembre de 2020.
Resolución General Nº 4.870 - E/2020 AFIP

01-12-2020

RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS. Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública. Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduanera. Ley Nº 27.541. Prorroga nuevamente plazo de acogimiento. 
Decreto Nº 966/2020

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Presentación de Proyectos (Py) para acceder al financiamiento de asistencia técnica (transmisión de información y conocimientos) y servicios de consultorías profesionales con experiencia o conocimientos en áreas específicas mediante Aportes No Reembolsables (ANR). Resolución SPyMEyE Nº 138/2020. Prórroga plazo de la convocatoria. 
Resolución SPyMEyE Nº 155/2020
SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL. Índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 30 de Noviembre de 2020 o soliciten su beneficio desde el 1º de Diciembre de 2020. 
Resolución SSS Nº 27/2020

SECRETARÍA DE TRABAJO. Acciones que no podrán realizar las empleadoras y los empleadores que perciben el beneficio otorgado por el "Programa REPRO II", mientras dure la percepción del beneficio y hasta DOCE (12) meses posteriores.
Resolución ST Nº 1.565/2020

30-11-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el día 30 de Noviembre hasta el día 20 de Diciembre de 2020, inclusive. 
Decreto Nº 956/2020

EMPLEADORES ACTIVIDADES DE LA SALUD. Tratamiento Diferencial aplicable a los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud. Decreto Nº 300/2020. Prórroga. 
Decreto Nº 953/2020

AFIP. Procedimiento. Suspensión de traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y de ejecuciones fiscales. Resoluciones Generales Nº 4.557-E/19 y Nº 4.730-E/2020. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.868 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Resoluciones Generales Nº 4.685-E/2020,Nº 4.699-E/2020 y Nº 4.727-E/2020 y sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.867 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Régimen de facilidades de pago. Resolución General Nº 4.268-E/18, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.866 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Determinación e ingreso de retenciones y percepciones. Sistema de Control de Retenciones (SICORE). Resolución General Nº 2.233/07, sus modificatorias y complementarias. Nueva versión del programa aplicativo.
Resolución General Nº 4.865 - E/2020 AFIP

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Resolución General Nº 4.687-E/2020 y sus modificatorias. Extensión de suspensiones.
Resolución General Nº 4.863 - E/2020 AFIP

27-11-2020

DÍAS FERIADOS. Establécense días feriados con fines turísticos, para el año 2021 
Decreto Nº 947/2020

EMERGENCIA SANITARIA. Coronavirus (COVID-19). Disposiciones. Decreto Nº 260/2020, su modificación. 
Decreto Nº 945/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (FOEVA) y la Cámara Riojana de Productores Agropecuarios de la provincia de La Rioja (CARPA). 
Resolución SSS Nº 26/2020

26-11-2020

SECRETARÍA DE TRABAJO. Los empleadores y empleadoras que iniciaron su actividad económica a partir del 1º de Diciembre de 2019, quedan eximidos de cumplimentar los requerimientos establecidos en la Resolución MTEySS Nº 938/2020. Normas reglamentarias y complementarias.
Resolución ST Nº 1.540/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinícolas de la Provincia de Salta. 
Resolución SSS Nº 25/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinícolas de la Provincia de Río Negro. 
Resolución SSS Nº 24/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinícolas de la Provincia de Catamarca. 
Resolución SSS Nº 23/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinícolas de la Provincia del Neuquén. 
Resolución SSS Nº 22/2020

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL. Apruébase la tarifa sustitutiva para la cosecha 2020 del Convenio de corresponsabilidad Gremial celebrado entre la Federación de Obreros y Empleados Vitivinícolas y Afines (F.O.E.V.A.) y diversas entidades representativas de los productores vitivinícolas de la Provincia de Mendoza. 
Resolución SSS Nº 21/2020

25-11-2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Movilidad Jubilatoria. 
Decreto Nº 899/2020

24-11-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resoluciones Generales Nº 4.693-E/2020 y Nº 4.792-E/2020, sus respectivas modificatorias y complementarias.
Resolución General Nº 4.859 - E/2020 AFIP

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES. Implementación del Plan Nacional de Regularización Registral del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores -RENATRE-. Alcances y condiciones.
Resolución RENATRE Nº 360/2020

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Santa Cruz el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 233/2020

20-11-2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones. Acta Nº 26.
Decisión Administrativa Nº 2.086/2020

19-11-2020

LEY DE DEFENSA DE LOS ACTIVOS DEL FONDO DE GARANTÍA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO. Disposiciones.
Ley Nº 27.574
EMERGENCIA SANITARIA. La atención personalizada del Servicio de Atención Telefónica mediante la Línea 130, retomará el horario oficial de operación. Resolución ANSeS Nº 90/2020, dejada sin efecto.
Resolución ANSeS Nº 414/2020

EMERGENCIA SANITARIA. Prorrogar por el plazo que dure la vigencia de la emergencia declarada por la Ley Nº 27.541, la suspensión de los plazos en los expedientes y sumarios administrativos de fiscalización y la suspensión de las audiencias de descargo fijadas.
Disposición SsFT Nº 6/2020

17-11-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse de las prohibiciones dispuestas a las personas autorizadas y actividades alcanzadas respecto del uso del servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia -interurbano e interjurisdiccional-, sea este por vía terrestre, ferroviaria o aérea.
Decisión Administrativa Nº 2.057/2020

16-11-2020

EMERGENCIA PÚBLICA. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. Decreto Nº 761/2020. Prórroga. 
Decreto Nº 891/2020

13-11-2020

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Creación del "Programa REPRO II". Suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores y las empleadoras adheridos al Programa. Requisitos.
Resolución MTEySS Nº 938/2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones. Acta Nº 25.
Decisión Administrativa Nº 2.047/2020

11-11-2020

AFIP. Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983/05. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.856 - E/2020 AFIP

09-11-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el día 9 de Noviembre hasta el día 29 de Noviembre de 2020, inclusive 
Decreto Nº 875/2020

SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 332/20. Reducción y postergación de pago período devengado Octubre de 2020. Prórroga vencimiento general período Octubre 2020.
Resolución General Nº 4.854 - E/2020 AFIP

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Octubre de 2020.
Resolución General Nº 4.853 - E/2020 AFIP

06-11-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Relevamiento Electrónico de Contribuyentes. Resoluciones Generales Nº 79/98 y sus modificatorias y Nº 1.566/03, texto sustituido en 2010, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.851 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Ley Nº 27.541 y sus modificaciones. Título IV, Capítulo 1. Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. DNU Nº 833/20. Resolución General Nº 4.816-E/2020. Su modificación.
Resolución General Nº 4.850 - E/2020 AFIP

05-11-2020

PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE LABORAL. Disposiciones. 
Decreto Nº 845/2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Modificación del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
Resolución SSN Nº 401/2020

04-11-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Decreto Nº 792/20. Resolución General Nº 3.834/94 (DGI), texto sustituido por la Resolución General Nº 712/99, sus modificatorias y complementarias. Nuevo release de la versión 42 del aplicativo "SICOSS".
Resolución General Nº 4.849 - E/2020 AFIP

03-11-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas a las actividades relacionadas con eventos culturales al aire libre, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.977/2020

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Corrientes el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 225/2020
EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia del Chaco el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 224/2020

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia de Córdoba el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 223/2020

02-11-2020

RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS. Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública. Regularización de Obligaciones Tributarias, de la Seguridad Social y Aduanera. Ley Nº 27.541. Prorroga plazo de acogimiento. 
Decreto Nº 833/2020

PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Prorrogar la asistencia económica de emergencia en el marco de la Línea I - Ayuda económica individual del Programa Trabajo Autogestionado, que permita acompañar y asistir a las unidades productivas autogestionadas afectadas. Resolución SE Nº 144/2020 y extendido por las Resolución SE Nº 301/2020 y Nº 473/2020.
Resolución SE Nº 301/2020

30-10-2020

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Resolución General Nº 4.687-E/2020 y sus modificatorias. Extensión de suspensiones.
Resolución General Nº 4.845 - E/2020 AFIP

SEGURIDAD SOCIAL. Seguridad Social. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resoluciones Generales Nº 4.693-E/2020 y Nº 4.792-E/2020, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.844 - E/2020 AFIP

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Modificación del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
Resolución SSN Nº 394/2020

29-10-2020

AFIP. Plazo especial para la presentación e ingreso de la contribución especial. Resolución General Nº 4.800-E/2020. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.842 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Caracterización "Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II". Resolución General Nº 4.568/19. Su derogación. Resoluciones Generales Nº 140/98, Nº 4.011/17 y Nº 4.622/19. Su modificación.
Resolución General Nº 4.841 - E/2020 AFIP

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones.
Decisión Administrativa Nº 1.954/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas a diversas actividades en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.952/2020

PRUEBA PILOTO TURISMO. Exceptúase a la actividad del Turismo y al Servicio Público de Transporte Internacional a los efectos de la realización de una prueba piloto de turismo receptivo.
Decisión Administrativa Nº 1.949/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas.
Decisión Administrativa Nº 1.940/2020

28-10-2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983/05. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.840 - E/2020 AFIP

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Prorrógase hasta el 15 de Diciembre de 2020 el plazo dispuesto por el punto 39.8.2. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora, para la presentación de los Estados Contables intermedios de aseguradoras y reaseguradoras correspondientes al cierre del 30 de Setiembre de 2020.
Resolución SSN Nº 387/2020

27-10-2020

EMERGENCIA NACIONAL. Cadena de producción de cítricos. Ley Nº 27.507. Extiéndese plazo e incorpóranse provincias. 
Ley Nº 27.569
PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Decreto Nº 332/20. Extiéndese vigencia. 
Decreto Nº 823/2020

26-10-2020

RÉGIMEN DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. Ley Nº 27.506. Modificación. 
Ley Nº 27.570
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. Prórroga la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto Nº 298/2020. 
Decreto Nº 815/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el 26 de Octubre hasta el día 8 de Noviembre de 2020, inclusive. 
Decreto Nº 814/2020

21-10-2020

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Prestación de servicios y atención al público de manera presencial, exclusivamente a aquellas personas que cuenten con turno previamente asignado. Resolución SRT Nº 23/2020, su derogación.
Resolución SRT Nº 75/2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Condiciones Generales para el Seguro de Caución de Garantía de Locación de Bienes Inmuebles con destino habitacional.
Resolución SSN Nº 376/2020

20-10-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Ley Nº 27.260, Libro I, Título V. Provincias no adheridas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Armonización de los Sistemas Previsionales. Resolución General Nº 4.113/17 y su modificatoria.
Resolución General Nº 4.836 - E/2020 AFIP

CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. Fíjase Salario Mínimo, Vital y Móvil y prestaciones por desempleo para los meses de Octubre - Diciembre de 2020 y Marzo de 2021.
Resolución CNEPSMVM Nº 4/2020
AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas a casas particulares, restaurantes y bares y gimnasios al aire libre, y ampliación de construcción privada, en determinados Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.892/2020

19-10-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase de la prohibición de circular a las personas afectadas al desarrollo de actividades recreativas y reuniones sociales al aire libre en clubes o establecimientos deportivos públicos y privados, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.883/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase al desarrollo de producciones audiovisuales y/o rodaje y/o grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.881/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas a la actividad desarrollada en las academias de conductores, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.876/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional a los alumnos y las alumnas que asistan a clases presenciales.
Decisión Administrativa Nº 1.874/2020

16-10-2020

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Aprobación del Manual Operativo del Programa de Promoción del Trabajo, Arraigo y Abastecimiento Local (PROTAAL). Parámetros básicos y objetivos.
Resolución SAFCeI Nº 7/2020

15-10-2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983/05. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.835 - E/2020 AFIP.

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase al personal de casas particulares, a quienes tengan un único empleador o una única empleadora, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.864/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.863/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Autorízase el funcionamiento de centros comerciales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exceptúa del "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular a las personas afectadas a la actividad.
Decisión Administrativa Nº 1.854/2020

14-10-2020

EMERGENCIA SANITARIA. Procedimiento para la gestión y el pago de la asignación estímulo a los trabajadores y las trabajadoras de la salud expuestos/as y/o abocados/as al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19. Resolución conjunta MS y MTEySS Nº 3/2020, su modificación.
Resolución conjunta MS y MTEySS Nº 8/2020

13-10-2020

LEY DE SOSTENIMIENTO Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA NACIONAL. Ley Nº 27.563. Reglamentación. 
Decreto Nº 795/2020

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. Prórroga la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto Nº 298/2020. 
Decreto Nº 794/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el 12 de Octubre hasta el día 25 de Octubre de 2020, inclusive. 
Decreto Nº 792/2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Programa "ANSES VA A TU TRABAJO". Resolución ANSeS Nº 68/18, su modificación.
Resolución ANSeS Nº 363/2020

AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Amplíanse los trámites a distancia que deberán ser recepcionados mediante el sistema "ATENCIÓN VIRTUAL".
Resolución ANSeS Nº 362/2020

EMERGENCIA SANITARIA. Coronavirus (COVID-19). Prestaciones que se encuentren en curso, aprobadas por el equipo interdisciplinario del Agente del Seguro de Salud o Empresa de Medicina Prepaga para el año 2020, en aquellos casos en los que no posean modificaciones, de común acuerdo entre la persona con discapacidad, su familiar responsable/ figura de apoyo y el/los profesional/es/prestador/es. Prórroga.
Resolución SSSalud Nº 1.293/2020

09-10-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 332/20. Reducción y postergación de pago período devengado Setiembre de 2020. Prórroga vencimiento general período devengado Setiembre 2020.
Resolución General Nº 4.833 - E/2020 AFIP

08-10-2020

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 130/75

ACTA ACUERDO
"Asignación Extraordinaria No Remunerativa - Acuerdo 2020"

FUENTE CAC
(Pendiente de homologación)

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de Octubre de 2020, se reúnen en representación de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios - FAECYS - los señores Armando O. Cavalieri, José González, Jorge A. Bence, Guillermo Pereyra, Ricardo Raimondo y Daniel Lovera y los Dres. Jorge Emilio Barbieri y Pedro San Miguel constituyendo domicilio especial en Av. Julio A. Roca 644 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sector gremial; y por la parte empresaria, lo hacen los señores Jorge Luis Di Fiori, Natalio Mario Grinman y los doctores Pedro Etcheberry, Juan Carlos Mariani y Esteban Mancuso por la Cámara Argentina de Comercio - CAC - constituyendo domicilio especial en Av. Leandro N. Alem 36, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; los señores Gerardo Díaz Beltrán, Camilo Alberto Kahale y el Dr. Francisco Matilla por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa - CAME - constituyendo domicilio especial en Av. Leandro N. Alem 452 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sr. Alberto Rodríguez Vázquez y el Dr. Carlos Echezarreta por la Unión de Entidades Comerciales Argentinas - UDECA - constituyendo domicilio especial en Rivadavia 933, 1º Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y manifiestan:

Las partes firmantes reconocen sus reciprocas legitimaciones y representatividades, para negociar colectivamente en el marco de la actividad de los empleados de comercio y el CCT Nº 130/75, reconociéndoselas igualmente en relación a sus participaciones habidas en todos los acuerdos vigentes suscriptos por las mismas -que en el presente se ratifican- y como así también respecto de los que se celebren en el futuro. Las partes pactan lo siguiente:

Primero: A partir del mes de Septiembre de 2020, quedan incorporadas a los salarios básicos de todas las categorías del CCT Nº 130/75 la suma de $ 4.000.- otorgada mediante DNU Nº 14/2020, y la suma de $ 2.000.- otorgada mediante Acuerdo de Comercio del 27 de Febrero del 2020, homologado mediante Resolución ST Nº 204/2020. Consecuentemente, las partes adjuntarán las planillas correspondientes a las nuevas escalas de salarios básicos convencionales resultantes de esta incorporación, dentro de los quince días de la fecha de celebración del presente Acuerdo Colectivo.

Las diferencias correspondientes derivadas de la aplicación de los adicionales convencionales a los salarios básicos resultantes de esta incorporación se abonarán, según corresponda en cada caso y para el mes de Septiembre de 2020 únicamente, conjuntamente con los haberes del mes de Octubre de 2020, en rubro separado, bajo la denominación "adicionales artículo 1º Acuerdo 07/10/2020".

Segundo: Se establece el pago de una gratificación extraordinaria por única vez, no remunerativa y de naturaleza excepcional, que será de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el ámbito del CCT Nº 130/75, consistente en la suma igual y uniforme para todas las categorías de pesos treinta mil ($ 30.000), que se abonará en 6 (seis) cuotas mensuales y consecutivas, de pesos cinco mil ($ 5.000) cada una de ellas, pagaderas junto con las remuneraciones de los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del 2020, y de Enero, Febrero y Marzo del 2021.

A efectos de percibir cada una de las cuotas de la asignación pactada, el trabajador comprendido deberá tener su contrato de trabajo vigente al momento de percepción de cada cuota. Asimismo, y para el supuesto de los trabajadores que hubieren ingresado con posterioridad al 1º de Octubre de 2020, la gratificación establecida por el presente acuerdo se liquidará y abonará de manera proporcional al tiempo trabajado.

La gratificación aquí pactada se abonará bajo la denominación "Asignación Extraordinaria No Remunerativa - Acuerdo 2020" en forma completa o abreviada, con indicación del número de la cuota respectiva, extinguiéndose la misma con el pago total y oportuno de las 6 (seis) cuotas aquí referidas.

En atención al carácter excepcional, no habitual ni regular de la asignación acordada (artículo 6º de la Ley Nº 24.241), los importes correspondientes a esta gratificación se abonarán con carácter no remunerativo, no incorporándose a los salarios básicos y adicionales fijos, y no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones de: i) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, ii) aporte del trabajador establecido por los artículos 100 y 101 (texto ordenado de fecha 24/06/1994 del CCT Nº 130/75) sobre el monto nominal de cada cuota que perciba el trabajador comprendido en el presente acuerdo.

Sin perjuicio de ello, y con la misma naturaleza y carácter, a este importe se le adicionará el pago de los adicionales de Antigüedad y Presentismo de los artículos 24 y 40, respectivamente, del CCT Nº 130/75.

A los efectos de la liquidación del aporte con destino al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologado por la Resolución Nº 600/2008 (MT), el cálculo de dichos aportes deberá realizarse considerando los incrementos aquí pactados y la fecha de efectivización de los mismos, mes a mes, y en sus partes pertinentes.

Tercero: Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo régimen de jornada reducida, legal o convencional, o que hayan incurrido en ausencias por causas injustificadas, el monto a abonar por esta gratificación extraordinaria por única vez, será proporcional a la jornada laboral cumplida.

Para el caso de trabajadores que se encuentren comprendidos en las suspensiones referidas al artículo 223 Bis LCT, en orden a los acuerdos marco o individuales celebrados, la gratificación extraordinaria mencionada en el artículo Segundo del presente, será liquidada en forma proporcional en iguales términos a la prestación dineraria no remunerativa que se pacte en los referidos acuerdos.

Cuarto: Las partes firmantes de este Acuerdo Colectivo asumen el compromiso de reunirse en el mes de Enero 2021, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas salariales convencionales, sumas, porcentajes, incorporaciones, atento las variaciones económicas que podrían haber afectado dichas escalas, pactadas en el articulo Primero de este acuerdo y desde la vigencia del mismo.

Quinto: No podrán ser absorbidos ni compensados los aumentos de carácter general sectorial, sean estos de carácter remunerativo o de cualquier otra naturaleza que, eventualmente, hubieren otorgado unilateralmente los empleadores.

Solamente podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1º de Abril de 2020, que hubieren sido abonados a cuenta de los aumentos o incrementos que determine el presente Acuerdo Colectivo, cualquiera sea la denominación utilizada.

Sexto: En relación a la determinación de la base de cálculo del incremento alcanzado en este acuerdo, las firmantes aceptan recomendar a aquellas empresas que liquidan suplementos y/o adicionales fijos y permanentes, por encima de los establecidos en el CCT Nº 130/75, procuren negociar, durante el presente año, su adecuación, teniendo como referencia los incrementos salariales previstos en el presente acuerdo.

Séptimo: El presente Acuerdo Colectivo tendrá vigencia desde el 1º de Octubre de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2021.

Octavo: Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo comprendido entre el mes de Octubre 2020 y el mes de Marzo 2021, un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el CCT Nº 130/75. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de pesos cien ($ 100) mensuales. Dicha suma será retenida del monto de la remuneración mensual a percibir por cada trabajador a partir del mes de Octubre de 2020 y depositada a la orden de OSECAC.

Teniendo en cuenta la naturaleza y destino de este aporte, en ningún caso el trabajador podrá solicitar que el empleador se haga cargo del pago directo de dicha obligación o reclamar su reintegro cualquiera sea la forma de liquidación de su remuneración.

Noveno: Las partes, en este acto, ratifican la constitución de la Comisión permanente de Negociación Colectiva creada por el acuerdo colectivo el 11 de Abril de 2011, la que se abocará al tratamiento de los siguientes temas:

a) A propuesta del sector sindical:

1) Cajeras

2) Tratamiento del adicional establecido en el artículo 20 CCT Nº 130/75.

3) Trabajadores tercerizados.

4) Tiempo parcial y jornada reducida.

5) Tareas especializadas.

6) Adicional por prestaciones de tareas en el día domingo.

7) Adicional por zona

b) A propuesta de la representación empresaria:

1) Polifuncionalidad.

2) Instrumentación del presentismo.

3) Licencias por estudios.

4) Productividad

5) Tecnologías

6) Contratación de personal mayor a 58 años

Décimo: Asimismo reiteran que a la citada Comisión le competerá y tendrá a su cargo la Interpretación y Resolución de Conflictos vinculados al presente Acuerdo. Dicha Comisión estará integrada por doce miembros titulares, 6 por el sector sindical y 6 por el sector empresario (designados dos por cada entidad firmante del presente) y 6 miembros suplentes, 3 por el sector gremial y 3 por el sector empresario (designados uno por cada entidad firmante del presente) con competencia directa para actuar ante cualquier conflicto que surja o se suscite por la aplicación del presente Acuerdo. La referida Comisión actuará de oficio a pedido de cualquiera de las partes que se encuentren en conflicto y deberá expedirse por escrito, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles contados a partir del pedido de intervención o de su avocación directa. Durante dicho plazo las partes deberán abstenerse de tomar medidas de acción directa. La Comisión funcionará en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y como método alternativo de solución de conflictos.

Las partes podrán designar asesores técnicos con voz pero sin voto. La nómina precedente para ambas representaciones podrá ser modificada por cualquiera de las partes y en cualquier momento.

Décimo Primero: La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, a requerimiento de las Cámaras Empresarias firmantes, ratifican el compromiso a gestionar:

a) Ante OSECAC, que la referida Obra Social de la actividad otorgue en los planes de pago los plazos máximos en las condiciones que permite la AFIP para el cumplimiento de los aportes y contribuciones. FAECyS se compromete a gestionar conjuntamente con la parte empresaria ante la Autoridad pertinente una adecuada reducción de los intereses correspondientes.

b) Ante las entidades de primer grado adheridas a esa Federación requerir a las mismas otorguen en las financiaciones por deudas de capital en concepto de cuotas sindicales que con ellas mantengan las empresas que desarrollan su actividad en zona de actuación según las siguientes condiciones:

El Empleador podrá acordar pagar en tres, seis, doce, dieciocho o veinticuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas con la tasa de interés equivalente al 50% de las que percibe la AFIP por las deudas impositivas. El importe de las cuotas (capital e interés) se fijará a partir de un mínimo de pesos diez mil.- ($ 10.000) por mes.

Deberán solicitarlo por escrito ante la entidad acreedora. La nota a presentar deberá consignar el apellido y nombre completos o razón social del solicitante, número de CUIT, domicilio legal y constituido y el plan de pagos por el cual se opte dentro de las posibilidades establecidas en la presente cláusula. Si la deuda de capital e intereses declarada fuese superior a $ 100.000.- (pesos cien mil) podrá convenirse un plan de pagos por un mayor número de cuotas nunca inferior a diez mil ($ 10.000) por cuota.

Décimo Segundo: Se ratifican expresamente todas las comisiones creadas por acuerdos paritarios. Donde existan designaciones nominativas en representación de las partes, estas podrán reemplazar a sus representantes con la sola condición de notificar las modificaciones a las demás entidades que la integran. Las partes ratifican asimismo la creación del Instituto de Prevención de Riesgo Laboral, que tendrá competencia en la instrumentación de políticas, cursos de acción, capacitación y demás contenidos necesarios para materializar el funcionamiento del mismo.

Décimo Tercero: Es condición suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este Acuerdo, su previa homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que así solicitan las partes. Para el caso de estar pendiente la homologación de este Acuerdo y se produzcan vencimientos de plazos pactados para el pago de los incrementos en la forma escalonada prevista, los empleadores comprendidos abonarán las sumas devengadas con la mención de "pago anticipo a cuenta del Acuerdo Colectivo Octubre 2020", los que quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez homologado el Acuerdo.

Las partes solicitarán la homologación del presente Acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Parte Sindical                                                                                                Parte Empresaria


Editado por SISTEMA DE INFORMES LABORALES, IMPUESTOS y SOCIEDADES                         http://www.sil.com.ar


PRUEBA PILOTO TURISMO. Exceptúase de las actividades prohibidas durante la vigencia del ASPO al Municipio de San Carlos de Bariloche de la Provincia de Río Negro al sólo efecto de realizar la reapertura de la actividad turística.
Decisión Administrativa Nº 1.819/2020

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Resolución MTEySS Nº 823/2020. Deber de asistencia al lugar de trabajo. Resolución MTEySS Nº 202/2020, su modificación.
Resolución MTEySS Nº 823/2020

07-10-2020

RESOLUCIÓN C.N.T.A. Nº 94/2020

Fíjanse las remuneraciones mínimas y Tope Indemnizatorio del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, Ley Nacional Nº 26.727, para las categorías establecidas en la Resolución Nº 4/98 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario. Vigencia a partir del  1º de Julio de 2020 y del 1º de Noviembre de 2020 hasta el 31 de Julio de 2021.

Artículo 1º: Fíjanse las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727 y su Decreto Reglamentario Nº 301/13, para las categorías establecidas en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 4 de fecha 16 de Junio de 1998, en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir de 1º de Julio de 2020 y del 1º de Noviembre de 2020 hasta el 31 de Julio de 2021, conforme se detalla en los Anexo I y III que forman parte integrante de la presente Resolución. Estas remuneraciones seguirán siendo tratadas exclusivamente en el ámbito de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario.

Artículo 2º: Fíjase el monto del tope indemnizatorio para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727 y su Decreto Reglamentario Nº 301/13, en el ámbito de todo el país, con vigencia a partir del 1º de Julio de 2020 y del 1º de Noviembre de 2020 hasta el 31 de Julio de 2021, conforme se detalla en los Anexo II y lV, que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3º: Las remuneraciones y topes indemnizatorios establecidos en la presente mantendrán su vigencia aun vencidos los plazos previstos en los artículos y 2º, hasta tanto no sean reemplazados por los fijados en una nueva Resolución.

Artículo 4º: Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se comprometen a reunirse en el mes de Enero de 2021, a fin de analizar las posibles variaciones económicas acaecidas desde la entrada en vigencia de la presente Resolución que podrían haber afectado a las escalas salariales y topes indemnizatorios fijados en los artículos 1º y 2º, respectivamente, y la necesidad de establecer ajustes sobre estos.

Artículo 5º: En las actividades agrarias cíclicas o estacionales, particulares y regionales que se desarrollan en las distintas jurisdicciones, se establecerán las remuneraciones mínimas respectivas atendiendo y tomando en consideración las características propias de cada tarea y las circunstancias socioeconómicas de la región y de la actividad específica objeto de tratamiento.

Artículo 6º: Establécese que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en el dos por ciento (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de la UATRE Nº 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la asociación sindical signataria de la presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria. La retención precedentemente establecida regirá por la vigencia de la presente Resolución.

Artículo 7º: De forma.-


ANEXO I

REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA COMPRENDIDO
EN EL RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO, EN EL ÁMBITO DE TODO EL PAÍS

VIGENCIA: a partir del 1º de Julio de 2020, hasta el 31 de Octubre de 2020

  Sin comida y sin S.A.C.
SUELDO
$
JORNAL
$
PEONES GENERALES 35.246,09 1.550,58
AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS - PEÓN ÚNICO 36 177,41 1.591,72
ESPECIALIZADOS:
Peones que trabajan en el cultivo del arroz, peones de haras, peones de cabañas (bovinos y ovinos) 36.254,99 1.595,01
Ovejeros 36.554,22 1.613,30
Albañiles, apicultores, carniceros, carpinteros, cocineros, cunicultores, despenseros, domadores, fruticultores, herreros, inseminadores, jardineros, mecánicos (generales y molineros), panaderos, pintores, quinteros y talabarteros 37.607,68 1.653,57
Ordeñadores en explotaciones tamberas 37.855,31 1.665,42
Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros 39.013,95 1.715,09
Conductores, tractorista, maquinista de máquinas cosechadora y agrícola 39.257,56 1.729,77
Mecánicos Tractoristas 41.285,77 1.816,22
PERSONAL JERARQUIZADO
Puesteros 38.857,35  
Capataces 42.861,83  
Encargados 45.214,85  

VIVIENDA: La vivienda que proporcione el empleador debe reunir los requisitos establecidos en el Título IV de la Ley Nº 26.727, no pudiendo efectuarse deducción alguna por dicho suministro.

BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD: Será el UNO POR CIENTO (1%) de la remuneración básica de su categoría, por cada año de antigüedad, cuando el trabajador tenga un antigüedad de hasta DIEZ (10) años, y del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%), cuando el trabajador tenga una antigüedad mayor a los DIEZ (10) años.

Los trabajadores comprendidos en la presente Resolución que desarrollan sus tareas en las provincias de CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, les será aplicable un adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las remuneraciones mínimas de la categoría laboral que revistan.


ANEXO II

MONTOS TOPES INDEMNIZATORIOS PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA COMPRENDIDO
EN EL RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO EN EL ÁMBITO DE TODO EL PAÍS

VIGENCIA: a partir del 1º de Julio de 2020 y hasta el 31 de Octubre de 2020

  Base Promedio Tope
Montos Topes Indemnizatorios $ 39.016,65 $ 116.547,95

(N.R.: Los Anexos lll y IV se publican en el soft)

Fundamentos de la Resolución CNTA Nº 94/2020:

Ciudad de Buenos Aires, 6 de Octubre de 2020

VISTO:
La Ley Nº 26.727, el Expediente Electrónico N'^ EX-2020-61090183-APN-DGD#MT y las Resoluciones de la
Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 4 de fecha 16 de Junio de 1998 y 45 de fecha 14 de Agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto el tratamiento de las remuneraciones
remuneraciones mínimas del Personal Permanente de Prestación Continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727 y su Decreto Reglamentario Nº 301/13, para las categorías establecidas en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 4/98, en el ámbito de todo el país.
Que analizados los antecedentes respectivos y no habiendo arribado a una posición consensuada respecto al incremento de las remuneraciones mínimas objeto de tratamiento, debe procederse a su determinación en función de la voluntad mayoritaria las partes.
Que, finalmente, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, limites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 89 de la Ley Nº 26.727 y la Resolució6n de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 45 de fecha 14 de Agosto de 2020.
Por ello,
la Comisión Nacional de Trabajo Agrario

RESUELVE: (ver texto de la Resolución CNTA Nº 94/2020 arriba transcripto)



SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Setiembre de 2020.
Resolución General Nº 4.831 - E/2020 AFIP


TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de esquila, en el ámbito de las Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Resolución CNTA Nº 76/2020, su modificación. 
Resolución CNTA Nº 91/2020

06-10-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas a la realización de entrenamientos de los clubes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y a la realización de partidos amistosos.
Decisión Administrativa Nº 1.805/2020

05-10-2020

BENEFICIOS ESPECIALES A PERSONAL DE SALUD, FUERZAS ARMADAS, DE SEGURIDAD Y OTROS ANTE LA PANDEMIA DE COVID-19. Disposiciones. Ley Nº 27.549. Prórroga. 
Decreto Nº 788/2020. (texto)

PERSONAL DE LA SALUD. Extiéndese el pago de la asignación estímulo a la efectiva prestación de servicios. 
Decreto Nº 787/2020. (texto)

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Disponer las medidas necesarias para que las personas que se vieron impedidas de solicitar el Retiro por Invalidez a causa del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" (ASPO), no se vean afectadas en sus derechos respecto a la acreditación de la regularidad en los aportes y la consecuente determinación del ingreso base.
Resolución ANSeS Nº 351/2020. (texto)

02-10-2020

PROGRAMA DE COMPENSACIÓN Y ESTÍMULO. Disposiciones. 
Decreto Nº 786/2020

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Trabajadores Autónomos. Crédito a Tasa Cero. Crédito a Tasa Cero Cultura. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Extensión del beneficio.
Resolución General Nº 4.830 - E/2020 AFIP

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las personas afectadas al desarrollo de la actividad hípica en Hipódromos y Agencias Hípicas de la Provincia de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.789/2020

SECRETARÍA DE EMPLEO. Programa Intercosecha. Resolución SE Nº 1.726/15, su modificación.
Resolución SE Nº 518/2020

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Suspéndese, a partir de la entrada en vigencia de la presente y hasta el día 30 de Noviembre de 2020, inclusive, la efectivización del ejercicio del derecho de libre elección de obra social por parte de los trabajadores incluidos en el Anexo de la Ley Nº 24.977, Título IV: "Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente". 
Resolución SSSalud Nº 1.219/2020

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Aprobación del procedimiento para el ejercicio del derecho a la libre elección de su obra social por parte de los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del procedimiento para la tramitación de reclamos de beneficiarios que soliciten la anulación de su opción de obra social.
Resolución SSSalud Nº 1.216/2020

01-10-2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones.
Decisión Administrativa Nº 1.783/2020

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Plan de Formación Profesional y Continua. Objetivos. Abróganse las Resoluciones MTEySS Nº 434/11, Nº 1.204/11, Nº 1.471/11, Nº 1.495/11, Nº 1.496/11 y Nº 569/2020.
Resolución MTEySS Nº 784/2020

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por el Decreto Nº 298/20.  
Resolución SSSalud Nº 1.199/2020

30-09-2020

RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Resolución General Nº 4.687-E/2020 y sus modificatorias. Extensión de suspensiones.
Resolución General Nº 4.825 - E/2020 AFIP

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Cultivo de Hongos Comestibles, en el ámbito de las Provincias de Buenos Aires y La Pampa. Resolución CNTA Nº 67/2020, su modificación. 
Resolución CNTA Nº 90/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para los trabajadores ocupados en la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos y dispónese un incremento salarial mínimo, en el ámbito de la provincia de Corrientes. Resolución CNTA Nº 70/2020, su modificación. 
Resolución CNTA Nº 89/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Avícola en el ámbito de todo el país, con la exclusión de las tareas que se realizan en establecimientos industriales, las que tendrán vigencia a partir del 1º de Junio de 2020 y del 1º de Noviembre de 2020, hasta el 31 de Mayo de 2021.
Resolución CNTA Nº 88/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Cultivo de Hongos Comestibles, en el ámbito de las Provincias de Buenos Aires y La Pampa. Vigencia, a partir del 1º de Marzo del 2020 y del 1º de Mayo de 2020, hasta el 30 de Abril de 2021.
Resolución CNTA Nº 67/2020

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Régimen de Planes de Pago para Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de Cuota Omitida y de Multas y recargos impuestos por esta Superintendencia. Acogimiento hasta el 31 de Diciembre de 2020 inclusive. 
Disposición SRT Nº 20/2020

29-09-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resoluciones Generales Nº 4.693-E/2020 y 4.792-E/2020, sus respectivas modificatorias y complementarias. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.824 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Resoluciones Generales Nº 4.685-E/2020, Nº 4.699-E/2020 y Nº 4.727-E/2020 y sus respectivas modificatorias. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.823 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Régimen de facilidades de pago. Resolución General Nº 4.268-E/18, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.
Resolución General Nº 4.822 - E/2020 AFIP

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Reglamento Operativo del Programa de Apoyo a la Competitividad para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME). Resolución SPyMEyE Nº 79/2020: Prorrógase el plazo de las convocatorias para la presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial PAC TRANSFORMACIÓN DIGITAL, PAC CALIDAD DE ALIMENTOS, PAC EFICIENCIA ENERGÉTICA, PAC DISEÑO E INNOVACIÓN.  
Resolución SPyMEyE Nº 97/2020

28-09-2020

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE EMERGENCIA AL TRABAJO Y LA PRODUCCIÓN. Comité de Evaluación y Monitoreo. Recomendaciones.
Decisión Administrativa Nº 1.760/2020

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN. Locales donde desarrollen actividades las entidades aseguradoras, Agentes Institorios, Productores Asesores de Seguros y Sociedades de Productores Asesores de Seguros, deberá exhibirse el Certificado de Aptitud para el Ofrecimiento Público de Contratos de Seguros (CAOPCS).
Resolución SSN Nº 332/2020

25-09-2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad Arrocera en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. Vigencia, a partir del 1º de Agosto del 2020 y del 1º de Setiembre de 2020, hasta el 28 de Febrero de 2021. 
Resolución CNTA Nº 86/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de Horticultura, en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. Vigencia, a partir del 1º de Julio de 2020 y del 1º de Setiembre de 2020, hasta el 31 de Mayo del 2021. 
Resolución CNTA Nº 85/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para los trabajadores ocupados en la actividad Forestal, en el ámbito de la provincia de Entre Ríos. Vigencia, a partir del 1º de Julio del 2020, y del 1º de Setiembre de 2020, hasta el 30 de Abril de 2021. 
Resolución CNTA Nº 84/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Arreos de Ganado y Remates en Ferias, en el ámbito de la Provincia de Entre Ríos. Vigencia, a partir del 1º de Octubre de 2020, hasta el 30 de Setiembre del 2021.
Resolución CNTA Nº 83/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos, en el ámbito de la provincia de Entre Ríos. Vigencia a partir del 1º de Setiembre del 2020, y del 1º de Octubre de 2020, hasta el 31 de Agosto del 2021.
Resolución CNTA Nº 82/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la tareas de Cosecha de Tomate, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020, hasta el 30 de Junio de 2020.
Resolución CNTA Nº 81/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña en tareas en la Actividad de Arreos de Ganado y Remates en Ferias, en el ámbito de la provincia de Santiago del Estero. Vigencia a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 80/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas de Cosecha de Arroz, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Vigencia desde el 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 79/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas de Cosecha y Cultivo de Zanahoria, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Vigencia desde el 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 31 de Enero de 2021.
Resolución CNTA Nº 78/2020

24-09-2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas de Cosecha de Algodón, para la Provincia de Santa Fe. Vigencia desde el 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 31 de Enero de 2021. 
Resolución CNTA Nº 77/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de esquila, en el ámbito de las Provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Vigencia, a partir del 1º de Julio de 2020, hasta el 30 de Junio de 2021. 
Resolución CNTA Nº 76/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad la actividad Forestal, en el ámbito de la Provincia de Misiones. Vigencia, a partir del 1º de Febrero de 2020, 1º de Marzo de 2020, 1º de Abril de 2020, del 1º de Mayo de 2020, y del 1º de Junio de 2020, hasta el 30 de Junio de 2020. 
Resolución CNTA Nº 75/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de la cosecha de frutilla, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Vigencia desde el 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 31 de Enero de 2021. 
Resolución CNTA Nº 74/2020

TRABAJO AGRARIO. Dispónese un incremento salarial mínimo para el personal que se desempeña en las tareas de Esquila de Ovinos, en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020, hasta el 30 de Junio de 2020.
Resolución CNTA Nº 73/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para los trabajadores ocupados en tareas de Horticultura, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, las que tendrán vigencias a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 30 de Abril de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Mayo de 2020 hasta el 30 de Abril de 2021.
Resolución CNTA Nº 72/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeñan en tareas de Horticultura, en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Febrero de 2020 y del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Diciembre de 2020.
Resolución CNTA Nº 71/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para los trabajadores ocupados en la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos, en el ámbito de la provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 30 de Setiembre de 2020.
Resolución CNTA Nº 70/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Vigencia a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 69/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Manipulación y Almacenamiento de Granos, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020, hasta el 31 de Marzo de 2021.
Resolución CNTA Nº 68/2020

23-09-2020

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Excepciones. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires y Provincia de La Pampa.
Decisión Administrativa Nº 1.738/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas de Horticultura, en el ámbito de las Provincias de Buenos Aires y La Pampa. Vigencia, a partir del 1º de Julio de 2020, hasta el 31 de Mayo de 2021.
Resolución CNTA Nº 66/2020

TRABAJO AGRARIO. Disponese un incremento salarial mínimo para el personal que se desempeña en la actividad Forestal en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 30 de Junio de 2020.
Resolución CNTA Nº 65/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Citrícola, en el ámbito de la Provincia de Misiones y los departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Marzo del 2020, del 1º de Abril de 2020, del 1º de Mayo de 2020, del 1º de Junio de 2020, del 1º de Julio de 2020 y del 1º de Agosto de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 64/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la Cosecha y Manipuleo de Sandías y Melones, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020, hasta el 30 de Setiembre de 2020.
Resolución CNTA Nº 63/2020

TRABAJO AGRARIO. Dispónese un incremento salarial mínimo para el personal ocupado en las tareas de Cosecha de Sandías y Melones, en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 30 de Setiembre de 2020.
Resolución CNTA Nº 62/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas del personal ocupado en las tareas de Poda e Injerto de Frutales, para el ámbito de las provincias de Río Negro y Neuquén. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020, del 1º de Mayo de 2020 y del 1º de Junio de 2020, hasta el 31 de Marzo de 2021.
Resolución CNTA Nº 61/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en la actividad de la Lechuga, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, 1º de Marzo de 2020, hasta el 28 de Febrero del 2021.
Resolución CNTA Nº 60/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de la Cebolla, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 31 de Julio de 2020.
Resolución CNTA Nº 59/2020

TRABAJO AGRARIO. janse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en la actividad Algodonera, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021. 
Resolución CNTA Nº 58/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en Arreos de Ganado y Remate en Ferias, en el ámbito de la Provincia de Santa Fe. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 57/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Semilleros en el ámbito de todo el país. Vigencia, a partir del 1º de Setiembre del 2020 y del 1º de Diciembre del 2020, hasta el 31 de Agosto de 2021.
Resolución CNTA Nº 56/2020

22-09-2020

AFIP. Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983/05. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.818 - E/2020 AFIP

AFIP. Procedimiento. Ley Nº 27.541 y sus modificaciones. Título IV, Capítulo 1. Ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Resolución General Nº 4.816-E/2020. Su modificación.
Resolución General Nº 4.817 - E/2020 AFIP

TRABAJO AGRARIO. Dispónese un incremento salarial mínimo para el personal ocupado en las tareas de Floricultura y Viveros, en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020, hasta el 31 de Enero de 2021.
Resolución CNTA Nº 55/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Forestal, en el ámbito de la provincia de Santa Fe. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 54/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Tealera, en el ámbito de la Provincia de Misiones y los departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé en la Provincia de Corrientes. Vigencia a partir del 1º de Febrero de 2020, hasta el 30 de Setiembre de 2020.
Resolución CNTA Nº 53/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad Yerbatera, en el ámbito de la Provincia de Misiones y los departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Abril de 2020, hasta el 31 de Marzo de 2021.
Resolución CNTA Nº 52/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que desempeña tareas en la cosecha y manipuleo de zapallo, calabaza y batata, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020, hasta el 31 de Diciembre del 2020.
Resolución CNTA Nº 51/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Cosecha, Manipuleo y Lavado de Batata, en el ámbito de la provincia de Santa Fe. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Marzo de 2020. Dispónese un incremento salarial mínimo, con vigencia a partir del 1º de Abril de 2020 hasta el 28 de Febrero de 2021.
Resolución CNTA Nº 50/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas de Manipuleo y Enfardado de Alfalfa, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020, hasta el 31 de Agosto de 2020.
Resolución CNTA Nº 49/2020


TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de Cosecha y Manipuleo de Ajo, en el ámbito de la Provincia de Santiago del Estero. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020 hasta el 31 de Diciembre del 2020.
Resolución CNTA Nº 48/2020

TRABAJO AGRARIO. Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de Arándanos, en el ámbito de todo el país. Vigencia, desde el 1º de Julio 2020 y del 1º de Enero de 2021, hasta el 30 de Junio de 2021.  
Resolución CNTA Nº 47/2020

TRABAJO AGRARIO. Dispónese un incremento salarial mínimo para el personal que se desempeña en la actividad de Arreos de Ganado y Remates de Ferias, en el ámbito de la Provincia de Corrientes. Vigencia, a partir del 1º de Marzo de 2020, hasta el 30 de Junio de 2020.
Resolución CNTA Nº 46/2020

21-09-2020

LEY DE SOSTENIMIENTO Y REACTIVACIÓN PRODUCTIVA DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA NACIONAL. Disposiciones.
Ley Nº 27.563

EMERGENCIA SANITARIA. Abstención de corte de Servicios en caso de mora o falta de pago. Prorrógase plazo. Decreto Nº 311/2020. Modificación. 
Decreto Nº 756/2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Prórroga "ASPO" y "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio". Régimen aplicable desde el 21 de Setiembre hasta el 11 de Octubre de 2020 inclusive. 
Decreto Nº 754/2020

18-09-2020

Celebración del Día de Empleados de Comercio. Traslado

Con fecha 15 de Septiembre, FAECYS, CAC, CAME y UDECA  acuerdan trasladar la conmemoración del día del Empleado de Comercio instituido por Ley Nº 26.541 como feriado nacional,  por el corriente año 2020, al lunes 28 de Septiembre con todos los alcances de la mencionada Ley. (Acta acuerdo pendiente de homologación)

Por su parte el Centro de Empleados de Comercio de Santa Rosa (La Pampa), General Pico (La Pampa)  y la Cámara de Comercio, Industria y Producción de La Pampa y la Cámara de Comercio y Afines de General Pico acuerdan trasladar a partir del presente año y en el futuro, la conmemoración del Día del Empleado de Comercio al lunes anterior al 26 de Septiembre con excepción de los años que dicha fecha sea efectivamente lunes, en cuanto será celebrada el mismo día,  con todos los alcances dispuestos en la Ley Nº 26.541. (Ref. Normativa Resolución STyPE Nº 60/2020)

 

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Actualización del pago de las compensaciones dinerarias adicionales de pago único estipuladas en el artículo 11, inciso 4, apartados a), b) y c), de la Ley Nº 24.557, de las indemnizaciones por aplicación del artículo 14, inciso 2, apartados a) y b) y del artículo 15, inciso 2, de la Ley Nº 24.557 y de las indemnizaciones adicionales de pago único prevista en el artículo 3º de la Ley Nº 26.773. Período comprendido entre el 01/09/2020 y el 28/02/2021 inclusive.
Resolución SRT Nº 70/2020


16-09-2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Ley Nº 27.541. Título IV, Capítulo 1. Ley Nº 27.562. Ampliación del régimen de regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras. Su implementación.
Resolución General Nº 4.816 - E/2020 AFIP

PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Prorrogar la asistencia económica de emergencia en el marco de la Línea I - Ayuda económica individual del Programa Trabajo Autogestionado, que permita acompañar y asistir a las unidades productivas autogestionadas afectadas. Resolución SE Nº 144/2020 y extendido por Resolución SE Nº 301/2020.
Resolución SE Nº 473/2020

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. Emergencia Sanitaria. Coronavirus (COVID-19). Módulos prestacionales y valores de cada uno de ellos. Procedimiento Especial de Reintegro de Aranceles por Prestaciones Moduladas por COVID-19. Resolución SSSalud Nº 326/2020, su modificación.
Resolución SSSalud Nº 1.095/2020

15-09-2020

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO. Actualización del monto del haber mínimo garantizado de conformidad con lo previsto en el artículo 8º de la Ley Nº 26.417.
Resolución SRT Nº 69/2020

11-09-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado Agosto de 2020.
Resolución General Nº 4.813 - E/2020 AFIP

09-09-2020

TRABAJO AGRARIO. Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Declárase aplicable a la celebración de audiencias y actuaciones administrativas, que sean necesarias para la continuidad y sustanciación de los distintos trámites en curso y/o que se inicien en lo sucesivo, se utilizarán las plataformas virtuales.
Resolución CNTA Nº 45/2020

08-09-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Contribuciones patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 332/20 y sus modif. Reducción y postergación de pago período devengado Agosto de 2020. Resolución General Nº 4.734-E/2020 y sus modificatorias. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.811 - E/2020 AFIP

EMERGENCIA AGROPECUARIA. Dáse por declarado en la Provincia del Chubut el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
Resolución MAGyP Nº 175/2020

07-09-2020

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a los eventos familiares de hasta diez (10) personas, a realizarse en los domicilios particulares, en el ámbito de la Provincia de La Pampa.
Decisión Administrativa Nº 1.639/2020

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Movilidad Jubilatoria. Vigencia, a partir del mes de Setiembre de 2020.
Resolución ANSeS Nº 325/2020

SEGURIDAD SOCIAL. "Subsidio de Contención Familiar". El pago solicitado en los términos del artículo 6º del Decreto Nº 655/20, corresponderá cuando el fallecimiento hubiera ocurrido a partir de la fecha de entrada en vigencia del mencionado Decreto.
Resolución ANSeS Nº 324/2020

03-09-2020

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúanse a las actividades de construcción de obras en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.604/2020

DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO. Exceptúase a la actividad gastronómica al aire libre, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa Nº 1.600/2020

02-09-2020

SEGURIDAD SOCIAL. Empleadores Sector Salud. Contribuciones Patronales con destino al SIPA. Decreto Nº 300/20 y sus complementarios. Resolución General Nº 4.694-E/2020 y su modificatoria. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.808 - E/2020 AFIP

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Resolución General Nº 1.983/05. Norma complementaria.
Resolución General Nº 4.807 - E/2020 AFIP

ASIGNACIONES FAMILIARES. Movilidad. Rangos y Montos. Límite máximo de ingresos grupal e individual a partir de Setiembre de 2020.
Resolución ANSeS Nº 312/2020


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